Por Nicolás Ignacio Manterola[1].
La clásica imagen del abogado, flanqueado de carpetas tamaño oficio y color pastel, parece que transita –quizá- sus últimos días. La digitalización de los expedientes, impulsado enormemente durante la pandemia de COVID-19, llegó para quedarse. Y, así, las paredes de los pasillos de tribunales, escondidas tras centenares de pilas de expedientes, volverán a ver la luz.
Gracias a una serie de acordadas que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (la “CSJN”) dictó durante la pandemia, el soporte del proceso judicial en el ámbito del Poder Judicial Nacional (el “PJN”) es, ahora, completamente electrónico. Entre ellas se destaca la acordada 31/2020, que aprobó el Protocolo de Actuación mediante el cual se dispuso la implementación total del Sistema Informático de Gestión Judicial (Sistema Lex 100) en el marco del Poder Judicial Nacional y Federal, prescindiendo del soporte papel.
Hoy, todos los escritos se presentan de manera electrónica y están suscriptos, por el abogado, con su firma electrónica asociada a su IEJ del Sistema Lex 100. Si el abogado es patrocinante, ingresará al Sistema Informático una copia escaneada del escrito firmado ológrafamente por su cliente, y guardará –como depositario- el escrito papel (suscripto ológrafamente por su cliente), puesto que deberá presentarlo en el juzgado si se le es requerido. Si actúa por apoderado, su firma electrónica bastará, puesto que con ella representa a su mandante. Interesa destacar que las presentaciones que se realicen “fuera del horario de funcionamiento de los tribunales de cada jurisdicción”, se tendrán por presentadas en la primera hora del siguiente día hábil.
Ya no existe más la presentación en papel y, por lo tanto, tampoco el expediente papel (sin perjuicio, claro está, de aquellos que continúan su trámite y no sean digitalizados por completo). Se sigue así una consecuencia importantísima: El ingreso de escritos al Sistema Informático debe respetar ciertas normas que permitan dotar de claridad al proceso electrónico.
Quien litigue en el PJN, sabrá de lo que hablamos. Numerosos expedientes electrónicos se encuentran mal cargados, pues les falta digitalizar piezas procesales, la documental se ingresa totalmente desordenada, los traslados por cédula se corren de manera irregular (con escritos separados en diferentes partes y desordenados), las respuestas de los oficios no siempre están digitalizados, entre otras cuestiones. Todo esto no hace más que embarrar el proceso y dificultar el ejercicio del derecho de defensa.
Es por ello que la claridad se ha vuelto un principio indiscutible en el proceso electrónico. De las partes, abogados, auxiliares, empleados y funcionarios judiciales depende que el proceso electrónico sea un avance y no, por el contrario, un obstáculo a la solución de los conflictos que se ventilen en tribunales.
El Protocolo emitió una serie de recomendaciones a la hora de ingresar escritos: 1) Ingreso de un archivo único por el escrito de demanda y por su contestación; 2) Un archivo único por cada escrito con una descripción clara de su contenido; 3) Un archivo que contenga agrupadamente la documental y, de ser necesario adjuntar una mayor cantidad de archivos, se deberá agruparlos por tipo y detallar el contenido y el número de orden sobre el total; 4) Ingresar archivos con el menor peso posible; 5) Verificar la correcta disposición y legibilidad de los archivos previo a ser incorporados al Sistema Informático. Todo ello, con la advertencia de que, ante un escrito o adjuntos de difícil tratamiento o legibilidad por parte del juzgado, éste podrá observarlo, rechazarlo o solicitar su apropiada incorporación al sistema.
Los abogados deberemos, al presentar escritos y documental, ser claros y concisos, no sólo a la hora de la carga, sino también al redactar las presentaciones. Será menester mejorar el poder de síntesis en nuestras presentaciones, pues no podemos olvidar que nuestros escritos serán leídos –en la gran mayoría de los casos- desde una computadora por el personal del juzgado. Será importante, entonces, hablar claro y conciso, sin repeticiones y utilizando mecanismos de escritura que faciliten la lectura (como viñetas, espacios, índices, etc.). Todas estas cuestiones facilitarán el tratamiento de nuestras peticiones porque lo que menos queremos es aburrir -con una interminable perorata- a quien leerá nuestro escrito desde la pantalla de una computadora.
También será fundamental que el ingreso de escritos y documental se haga de manera ordenada y clara, tal como recomienda el Protocolo y las buenas prácticas. No deberá ingresarse presentaciones idénticas, no reiterar el despacho de la presentación en el corto plazo, ingresar documentos asegurándose de su legibilidad e integridad, ingresar presentaciones -de ser posible- en un mismo archivo, e identifique cada pieza a adjuntar con una descripción clara y precisa (lo que facilitará el trabajo del juzgado y el orden y claridad del expediente electrónico, pues, recordemos, el nombre que se detalla al ingresar el escrito será el nombre con el que dicha presentación será visible en el Sistema Informático”.
En suma, el proceso está cambiando y deberemos adaptarnos a las nuevas metodologías. Si no lo hacemos, corremos el riesgo de seguir litigando como lo hacíamos el siglo pasado, lo que puede perjudicar los intereses de nuestros clientes. Es, entonces, una carga de las partes y de los abogados el hablar claro y el ingresar presentaciones detalladas y legibles al Sistema Informático.
[1] Abogado graduado con diploma de honor (Universidad de Belgrano), especialista en derecho procesal (Universidad de Buenos Aires); premio a la excelencia académica por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. Socio en M|P Abogados. Email: