Una propuesta europea para la economía de los datos.
Por Javier Fernández-Lasquetty Quintana, profesor del IE Law School Abogado. Socio de Elzaburu SLP.
Hace unos tres años empezó a circular la frase de que los datos son el petróleo del siglo XXI y no nos ha abandonado desde entonces, aunque otros temas nos han ido distrayendo sucesivamente. Así, la inteligencia artificial nos iba a sustituir a todos, nos íbamos a mover todos en el multiverso y últimamente la IA generativa nos iba a dar libros, música y audiovisual sin límites y sin autores.
Mientrar estos hypes se iban sucediendo, llenando las noticias y causando estupor y miedo en los humanos, algo menos espectacular pero más útil se iba desarrollando: la economía de los datos.
En el año 2015 la Unión Europea lanza su programa para un Mercado Único Digital para conseguir una economía de los datos acorde con los principios de la Unión.
Los problemas a los que había de dar respuesta la normativa son variados. Simplificando:
- Existe un gran volumen de datos no personales, generados por maquinas o por la naturaleza (meteorología, composición de terrenos, etc.) que pueden ser usados, pero han de establecerse algunas normas de uso por la naturaleza de algunos.
- Pero también datos personales que han de ser anonimizados para su uso agregado.
- Y finalmente datos producidos por máquinas y por usuarios cuya titularidad y derecho de acceso ha de regularse.
En el año 2016 el profesor Josef Drexl, Director del Max Plank Institut for Innovation &Competition publica su artículo “Designing Competitive Markets for Industrial Data-Between Propertisation and Access”[i], en el que analiza las posibilidades de un modelo basado en el respeto de la propiedad de los datos, aunque con mecanismos que permitan su compartición, un modelo basado en el Derecho de la Competencia desarrollado por la UE.
Estas ideas son las que encontramos en la normativa europea, que desde 2017 fija a través de recomendaciones, directivas y reglamentos los diferentes aspectos o facetas de esta nueva economía.[ii]
Y hemos llegado finalmente a la Ley de Datos [iii] (Reglamento sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización). Después de seguir su camino legislativo, el pasado 28 de junio de 2023 el Parlamento Europeo y el Consejo alcanzaron un acuerdo político y nos encontramos en el proceso final de aprobación y publicación, entrando en vigor en 20 meses.
La norma establece cinco tipos de medidas, en palabras de la Comisión en su comunicado de prensa:
“- -Medidas que permiten a los usuarios de dispositivos conectados acceder a los datos generados por estos dispositivos y por los servicios relacionados con ellos. Los usuarios podrán comunicar estos datos a terceros, lo que estimulará los servicios posventa y la innovación. Al mismo tiempo, se sigue incentivando a los fabricantes a invertir en la generación de datos de alta calidad, preservando sus secretos comerciales.
- Medidas destinadas a proteger contra las cláusulas contractuales abusivas impuestas unilateralmente. Su objetivo es proteger a las empresas de la UE frente a los acuerdos injustos, fomentar unas negociaciones justas y permitir que las pymes participen con mayor confianza en el mercado digital.
- Mecanismos para que los organismos del sector público accedan a los datos en poder del sector privado y los utilicen en casos de emergencia pública, tales como inundaciones e incendios forestales, o cuando apliquen un mandato legal en caso de que no se pueda disponer fácilmente de los datos necesarios por otros medios.
- Nuevas normas que conceden a los clientes la libertad de cambiar de proveedor de servicios de tratamiento de datos en la nube. Estas normas tienen por objeto fomentar la competencia y la elección en el mercado, al tiempo que evitan la dependencia de un proveedor. Además, la Ley de Datos incluye salvaguardas para evitar transferencias ilegales de datos, lo que garantiza un entorno de tratamiento de datos más dinámico y seguro.
- Medidas para promover la elaboración de estándares de interoperabilidad para el intercambio y el tratamiento de datos, en consonancia con la estrategia de normalización de la UE”
El modelo europeo es compartir, respetando los derechos de propiedad de los intervinientes, pero evitando situaciones de abuso, para permitir con ello la intervención en el juego de startups, scaleups y pequeñas o medianas empresas en general, y un aumento de la oferta de servicios a los usuarios.
Pero Europa no solo ha producido un cuerpo normativo solido que permita el desarrollo de la economía de los datos, sino que aporta infraestructuras y soporte económico.
El proyecto GAIA X de la Unión Europea ya es una realidad, se ha creado una plataforma en la que muchos proveedores podrán ofrecer servicios de computación en la nube, empresas como Siemens, SAP, Atos, Bosch y Orange forman parte de esta iniciativa, a la que se van uniendo pequeñas y medianas empresas[iv].
También el programa Horizonte Europa [v], la más grande iniciativa de investigación y desarrollo en la UE, dedica fondos a proyectos para el desarrollo de una economía ágil en materia de datos, que posibilite la adopción de tecnologías e infraestructuras de datos de próxima generación, incluida, entre otras la creación de infraestructuras y plataformas para intercambio e interoperabilidad de los datos y para el análisis automático de los datos.
En este entorno, ya vemos iniciativas europeas que lo van a hacer realidad. Puedo citar dos ejemplos en España: El Instituto Innova IRV, primer nodo de una red española de polos de innovación [vi] y 1070 Km Hub una iniciativa de empresas universidades e instituciones del arco mediterráneo español [vii]. Tenemos las reglas del juego y ya hay jugadores, el modelo esta creciendo.
La cuestión es: ¿Puede Latinoamérica inspirarse en este modelo para crear el suyo? Creo que existen muchos elementos en común que lo harían factible y, lo que es más importante, la conexión Latam-Europa en esta economía de futuro. Cuantos más seamos compartiendo ideas, principios e intereses, mucho mejor.